Faltas Leves

Se consideran faltas leves aquellas que se cometen por ligereza primera y única vez,  sin perjuicio físico y/o moral,  para sí mismo o para los demás o que interfieran en el normal desarrollo de las actividades curriculares y extracurriculares.

Se pueden considerar faltas leves:

1.     Inasistencia injustificada a cualquiera de las actividades académicas y actos comunitarios.

2.     Retardo injustificado a clases, formaciones, izadas de bandera, al inicio o cambio de clase.

3.     Utilización del tiempo de clase  para realizar actividades no autorizadas.

4.     Porte inadecuado del uniforme, dentro o fuera de la institución.

5.   Permanencia en sitios no autorizados durante las clases, los descansos u otras actividades programadas por la institución.

6.     Asistir a la institución con el uniforme que no le corresponde.

7.     El uso inadecuado y desperdicio de los servicios  públicos especialmente agua, luz.

8.     Charla frecuente en clase  o actos comunitarios.

9.     Utilizar en clase cualquier tipo de distractores como: revistas, albumes, fichas, juegos de azar, celulares, y demás equipos electrónicos.

10.  Incumplimiento de los deberes académicos y disciplinarios.

11.  Consumir comestibles, bebidas o gomas de mascar durante las clases o actos comunitarios.