Se consideran faltas leves aquellas que se cometen por ligereza primera y única vez, sin perjuicio físico y/o moral, para sí mismo o para los demás o que interfieran en el normal desarrollo de las actividades curriculares y extracurriculares.
Se pueden
considerar faltas leves:
1. Inasistencia injustificada a cualquiera de las actividades académicas y
actos comunitarios.
2. Retardo injustificado a clases, formaciones, izadas de bandera, al inicio
o cambio de clase.
3. Utilización del tiempo de clase
para realizar actividades no autorizadas.
4. Porte inadecuado del uniforme, dentro o fuera de la institución.
5. Permanencia en sitios no autorizados durante las clases, los descansos u
otras actividades programadas por la institución.
6. Asistir a la institución con el uniforme que no le corresponde.
7. El uso inadecuado y desperdicio de los servicios públicos especialmente agua, luz.
8. Charla frecuente en clase o actos
comunitarios.
9. Utilizar en clase cualquier tipo de distractores como: revistas, albumes,
fichas, juegos de azar, celulares, y demás equipos electrónicos.
10. Incumplimiento de los deberes académicos y disciplinarios.
11. Consumir comestibles, bebidas o gomas de mascar durante las clases o
actos comunitarios.